Regalar una stablecoin por airdrop a alguien que pisa suelo estadounidense ya es emitirla, y el Tesoro pone un millón de dólares y cinco años a quien ayude
El Departamento del Tesoro de EE.UU. publicó este lunes la primera regla de fondo de la ley de stablecoins, y el documento se pasa 77 páginas contestando una sola pregunta: cuándo se…

El Departamento del Tesoro de EE.UU. publicó este lunes la primera regla de fondo de la ley de stablecoins, y el documento se pasa 77 páginas contestando una sola pregunta: cuándo se considera que algo pasó "en Estados Unidos". La respuesta que propone es geográfica y no de pasaporte. Un residente estadounidense al que le entregan una stablecoin mientras está de vacaciones en el extranjero queda fuera de la ley; el mismo residente pisando suelo del país queda dentro. Y un airdrop gratuito, sin cobrar un céntimo y sin publicidad previa, cuenta como emisión.
Eso importa porque el artículo que se está reglamentando no lleva multas administrativas: lleva cárcel. El 12 U.S.C. 5902(f) castiga con hasta 1.000.000 de dólares por infracción, hasta cinco años de prisión, o ambas, a quien participe a sabiendas en una emisión de stablecoin sin licencia. La propuesta del Tesoro es, sobre todo, el mapa de quién es "participante".
Qué se publicó exactamente, y qué no
El documento es un Notice of Proposed Rulemaking, expediente TREAS-DO-2026-0496, RIN 1505-AC95, presentado para inspección pública el 17 de agosto a las 08:45 ET y con publicación en el Boletín Federal fechada el 18. Crea una parte nueva del reglamento, la 1523, con cinco secciones y un apéndice de interpretaciones. Desarrolla el artículo 3 de la GENIUS Act: la prohibición de emitir stablecoins de pago en EE.UU. sin licencia y la prohibición de que un proveedor de servicios de activos digitales las ofrezca o venda.
No es la regla final, y ese es el matiz que casi ninguna crónica pone en el titular. El Tesoro abre 60 días de comentarios, que se cierran el 17 de octubre según el plazo del propio aviso, y después tendrá que leerlos y publicar el texto definitivo. La ley entra en vigor el 18 de enero de 2027: desde el cierre de comentarios quedan 93 días para cerrar una regla que hoy plantea 87 preguntas. El secretario Scott Bessent lo vendió en el comunicado oficial como certidumbre regulatoria para que las empresas "innoven y crezcan en América".
Conviene recordar de dónde viene el retraso. La GENIUS Act se firmó el 18 de julio de 2025 y daba un año para tener el reglamento. Ese plazo se incumplió: el aniversario llegó con el reglamento en blanco. La propuesta de hoy aterriza 30 días después de la fecha límite legal y 395 días después de la firma.
La frontera es el suelo, no el pasaporte
La pieza central es la definición de "located in the United States". Para una persona física: estar físicamente presente en el país, salvo que no sea residente y su presencia sea meramente temporal. Para una empresa: estar constituida bajo leyes de EE.UU. o de un estado, o tener ahí su centro principal de negocio. El Tesoro dice que consideró la alternativa de contar a cualquiera que pise el país y la descartó por inadministrable y por "resultados punitivos", con un turista europeo comprando en una app de su casa como ejemplo incómodo.
Con esa vara, la emisión ocurre "en Estados Unidos" solo si el emisor está dentro o si entrega la moneda a alguien que está dentro. Las cuatro interpretaciones del apéndice llevan la regla a casos concretos, y ahí se ve el filo:
| Caso del apéndice | ¿Emisión en EE.UU.? |
|---|---|
| Emisor extranjero entrega la moneda a un residente de EE.UU. que está de vacaciones fuera | No |
| Airdrop gratuito, sin publicidad previa, a un residente que está en EE.UU. | Sí |
| Un exchange coordina con el emisor y lista la moneda nueva para compradores de EE.UU. | No es emisor, pero puede ser partícipe y vendedor |
| Moneda entregada con redención bloqueada por contrato hasta una fecha futura | Sí |
El cuarto caso cierra un agujero evidente: emitir algo estable y prometer la devolución para más adelante sigue siendo emitir. Y la definición de "issue" añade otra vuelta poco comentada: si el emisor recompra o redime una moneda y luego la vuelve a transferir, eso es una emisión nueva, se llame reemisión o se llame como sea.
El manual para vivir fuera sin licencia
La sección 1523.2(c) describe qué tiene que hacer un emisor extranjero para que se considere que no emitió en EE.UU., incluso si se le cuela una moneda a alguien que está allí. Son cuatro condiciones: no estar situado en el país, creer razonablemente que ningún receptor está en el país, tener políticas y controles realmente implementados para evitarlo, y no hacer publicidad ni captación que apunte a personas situadas en EE.UU. El Tesoro subraya dos cosas: que los controles no valen "en el papel" y que no pueden ser estáticos. Para las plataformas hay una versión gemela con tres condiciones en la 1523.3(e).
El molde es reconocible. El propio documento cita el Reglamento S de valores (17 CFR 230.901–905) como referencia estudiada, y a la vez avisa de que aplicar reglas de inversión tradicionales a un medio de pago "puede frustrar" el objetivo de la ley. Es decir: se queda con la arquitectura de la oferta offshore, y rechaza el resto del andamiaje.
Quien lea esto pensando en Tether tiene razón en pensarlo. USDT mueve 183.006 millones de dólares de capitalización frente a los 71.767 de USDC, y su emisor es extranjero. La regla no le exige licencia para existir; le exige no estar aquí y no venderse aquí. Lo que sí le exige el artículo 3(b)(2), y el Tesoro insiste en que la exención del artículo 18 no lo libera, es capacidad técnica para cumplir órdenes lícitas y arreglos de reciprocidad. Sobre eso las plataformas podrán apoyarse en una declaración del emisor extranjero, pero solo con diligencia debida previa y siempre que no sepan ni deban saber que la declaración es falsa.
Cuatro maneras de vender sin querer venderlo
La 1523.3(d) enumera qué cuenta como ofrecer o vender a alguien situado en EE.UU.: captar directamente a esa persona; anunciar la moneda como disponible para compradores del país; responder a una consulta espontánea diciendo que sí se vende; y explicar al comprador cómo saltarse los mecanismos de detección o bloqueo por ubicación, con los verificadores de IP citados por su nombre. Ese cuarto supuesto convierte el tutorial de VPN en una infracción por sí mismo, sin necesidad de que llegue a haber transacción.
En el lado de la emisión, la 1523.2(d) da tres ejemplos de participación punible: asumir la obligación de convertir o redimir la moneda de otro, coordinarse con el emisor en pasos clave como acuñar o captar clientes, y el caso del acuerdo de marca blanca, donde quien presta su nombre puede ser partícipe sin ser emisor. El Tesoro dice explícitamente que redacta así por el decreto contra la sobrecriminalización, para que la conducta que puede llevar a los cinco años quede descrita.
La otra cara: es una propuesta, y hay otra ley encima
Nada de esto está cerrado. Las 87 preguntas no son adorno: la primera pide opiniones sobre el propio alcance extraterritorial, y varias piden alternativas a la definición de emisión. El texto lleva cláusula de divisibilidad para que, si un tribunal tumba la parte de emisión, sobreviva la de oferta y venta, y viceversa. Eso es un reglamento redactado esperando pleito.
Hay tres exenciones legales que el Tesoro copia casi literalmente y que protegen al usuario común: la transferencia directa entre dos personas sin intermediario, el movimiento entre dos cuentas propias de la misma matriz en distintos países, y cualquier operación mediante un monedero de software o hardware de autocustodia. La autocustodia queda fuera del artículo 3 entero.
Y encima de todo pende la CLARITY Act, que reescribiría partes de la GENIUS, empezando por el trato a las recompensas de las stablecoins que la gran banca pidió prohibir. Esa ley se quedó sin votos antes del receso de agosto. El Tesoro está reglamentando un texto que el Congreso podría cambiarle debajo.
- 17 de octubre: cierre de comentarios en regulations.gov. Interesa quién pide relajar la definición de emisión y quién pide endurecerla.
- Si Tether, Circle y los exchanges comentan por escrito y con qué pedido concreto sobre las declaraciones de capacidad técnica.
- 18 de enero de 2027: entrada en vigor. Con 93 días desde el cierre de comentarios, la pregunta es si habrá regla final o un periodo de transición.
- 18 de julio de 2028, a 701 días: desde esa fecha una plataforma solo podrá vender stablecoins de emisores con licencia.
- Las exenciones de emergencia del artículo 3(c)(2): el Tesoro dice que las dará por orden, no por reglamento, avisando al Congreso, y eso permite mover la frontera en días.
- Si algún emisor extranjero decide que el puerto seguro es más barato que la licencia y empieza a geobloquear en serio a clientes estadounidenses.
Mientras se escribe el reglamento, el mercado ni se movió: bitcoin a 64.033 dólares con un alza del 1,3% en 24 horas y ether a 1.904,71 con un 0,9%. Las reglas de las stablecoins se están decidiendo en un verano plano, que es cuando nadie mira.
Basado en: NPRM 2026-16796 del Departamento del Tesoro (Federal Register, inspección pública), comunicado sb0605 del Tesoro, 12 U.S.C. 5902 (Cornell LII), expediente TREAS-DO-2026-0496 en regulations.gov, CoinDesk, The Block, CoinGecko.